Legal


Derecho de la propiedad intelectual

Política De Protección De Propiedad Intelectual

EDGEUNO S.A.S, en cumplimiento de las normas Ley 23 de 1982 modificada por la ley 44 de 1993 sobre Derechos de Autor, implementa la presente política de protección de propiedad intelectual. Por lo anterior para la prestación de servicios de Telecomunicaciones cada parte conservará la titularidad sobre sus activos protegidos por las normas de propiedad intelectual y se abstendrá de usar o explotar de cualquier forma los derechos de propiedad intelectual de la otra parte, incluidos sus manuales, software, signos distintivos, patentes de invención o modelos de utilidad, diseños industriales y todos aquellos de los que tenga conocimiento por razón del contrato o por cualquier otra causa e informará de manera inmediata, el uso indebido, por parte de un tercero, de cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual de propiedad de la otra parte. En caso de uso y/o desarrollo de software, la legislación actual, permite que el código fuente de un programa esté cubierto pro la ley de Derechos de Autor, para lo cual se debe garantizar dentro del proceso de contratación: En contratos de prestaciones de servicios se integrará una cláusula respecto a la protección de la propiedad intelectual de cada parte, sus derechos y obligaciones según lo estipulado en la norma. Todo personal vinculado laboralmente con la empresa EDGEUNO SAS, se compromete al inicio de relación laboral por medio del otro sí de confidencialidad, anexo al contrato de trabajo, en términos generales a no retirar activos de la información físicos y/o digitales sin previa autorización de su jefe inmediato a la persona que este designe. Así mismo se comprometen a no divulgar, publicar o utilizar para otros fines que no sean la ejecución de sus labores dentro de la empresa la información a la cual tenga acceso, proponiendo por garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información. Todo personal vinculado laboralmente con la empresa EDGEUNO SAS se rige por la siguiente política de invenciones y derechos de autor: Invenciones: Las invenciones o descubrimientos realizados por EL EMPLEADO contratado para investigar pertenecen a EL EMPLEADOR, de conformidad con el artículo 539 del Código de Comercio y demás normas concordantes. En los demás casos los inventos pertenecen a él, siempre y cuando, no los haya realizado mediante datos o medios conocidos o utilizados en razón de la labor desempeñada, en este evento EL EMPLEADO tendrá derecho a una compensación que se fijará por un tribunal de arbitraje designado por las partes, en cumplimiento de las normas laborales y de arbitraje vigentes para el momento en que se origine el conflicto, para lo cual se deberá tener en cuenta: el monto del salario, la importancia del invento o descubrimiento, el beneficio que reporte a EL EMPLEADOR u otros factores similares. Derechos de autor: Los derechos patrimoniales de autor sobre la obras creadas por EL EMPLEADO en ejercicio de sus funciones o con ocasión ellas pertenecen a EL EMPLEADOR. Todo lo anterior sin perjuicio de los derechos morales de autor que permanecerán en cabeza del creador de la obra, de acuerdo con la Ley 23 de 1982 y la Decisión 351 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y cualquier otra norma que regule la materia. Respecto del software instalado y utilizado en los equipos de propiedad de EDGEUNO SAS o aquellos utilizados en nombre de ella, en adelante equipos de computo, deben cumplir con los principios constitucionales, los acuerdos internacionales y la legislación nacional vigente sobre derechos de autor, y en todo caso esta sujeto al respeto de los derechos o voluntad expresada por el autor en documentos físicos o digitales de licenciamiento. EDGEUNO S.A.S se reserva el derecho de modificar estas Política de Protección de Propiedad Intelectual, en su totalidad o parcialmente.